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Consentimiento informado del psicólogo: qué exige la ley

Qué es el consentimiento informado del psicólogo, qué exige la Ley 41/2002 y el RGPD, cómo tratar datos de salud y menores y consentir el uso de IA.

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Paciente y psicólogo firmando el consentimiento informado en consulta

El consentimiento informado del psicólogo no es un papel para cubrirte las espaldas. Es lo único que separa tu consulta de una sanción de la AEPD y de una reclamación deontológica. Y la mayoría de los que tienes en tu cajón no aguantarían una inspección.

Una psicóloga me escribió hace unas semanas. Ocho años de consulta con un consentimiento de media página descargado de internet. Nunca nadie se lo pidió. Hasta que un paciente reclamó y la inspección preguntó una sola cosa: ¿con qué base jurídica tratas sus datos de salud? No supo responder. El papel no decía nada de eso.

La cosa es que un consentimiento bien hecho responde a dos leyes a la vez, y casi nadie las distingue. Vamos a separarlas.

Qué es el consentimiento informado y por qué te protege a ti

El consentimiento informado es la conformidad libre, voluntaria y consciente de un paciente para que se actúe sobre su salud, prestada después de recibir la información adecuada. Lo define la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente, en su artículo 8.

Ese artículo dice algo simple: toda actuación en el ámbito de la salud necesita el consentimiento del afectado, una vez que ha valorado las opciones del caso. Sin información previa no hay consentimiento válido. Y la información previa la regula el artículo 4 de la misma ley.

Aquí está lo que nadie te cuenta: el consentimiento no protege al paciente. Protege al profesional. El paciente ya tiene derecho a decidir sobre su salud lo firme o no. El documento existe para que tú puedas demostrar que cumpliste tu deber de informar. La carga de la prueba es tuya, no suya.

El consentimiento informado no es burocracia. Es tu coartada legal. Puedes leer el texto completo en el BOE.

¿Verbal o por escrito? Cuándo firmarlo es obligatorio

El artículo 8.2 de la Ley 41/2002 lo dice claro: el consentimiento será verbal por regla general. Solo exige forma escrita en tres supuestos. Intervención quirúrgica. Procedimientos diagnósticos y terapéuticos invasores. Y procedimientos con riesgos de notoria y previsible repercusión negativa sobre la salud.

La psicoterapia no es una intervención quirúrgica ni un procedimiento invasor. Leído al pie de la letra, la ley no te obliga a poner tu consentimiento por escrito en terapia.

Y aquí viene la trampa. Que la ley no te obligue no significa que te convenga el verbal. Si un paciente reclama dentro de tres años, ¿cómo demuestras qué le explicaste en la primera sesión? No puedes. Un consentimiento verbal no es un consentimiento: es tu palabra contra la suya.

Por eso el escrito no es opcional en la práctica. No porque la salud lo exija, sino porque la prueba lo exige. Firma siempre. Te cuesta una hoja y te ahorra un procedimiento.

Qué debe incluir un consentimiento informado: el checklist

Un modelo de consentimiento informado en psicología que de verdad te proteja tiene que cubrir lo clínico y lo de datos en el mismo documento, o en dos documentos enlazados. Esto es lo mínimo que no puede faltar:

  • Identificación del profesional: nombre completo, número de colegiado, titulación, centro o consulta y datos de contacto.
  • Naturaleza y finalidad de la intervención: enfoque, qué incluye la terapia y qué se espera de ella.
  • Riesgos, molestias razonables y alternativas disponibles.
  • Encuadre: número estimado de sesiones, duración, honorarios y política de cancelación.
  • Límites de la confidencialidad y sus excepciones: riesgo grave para el paciente o terceros, menores en peligro, requerimiento judicial.
  • Tratamiento de datos: responsable, base jurídica, finalidad, plazo de conservación, encargados de tratamiento y derechos del paciente.
  • Usos específicos si los hay: grabaciones, supervisión clínica, uso de herramientas de inteligencia artificial.
  • Derecho a revocar el consentimiento en cualquier momento.
  • Fecha, firma del paciente (o representante legal) y firma del profesional.

Si tu documento actual no menciona la base jurídica del tratamiento de datos ni los encargados, no es un consentimiento completo. Es la mitad de uno.

Datos de salud: por qué el RGPD te exige consentimiento explícito

Los datos de salud son categoría especial. El artículo 9.1 del Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD) prohíbe tratarlos por defecto. Para levantar esa prohibición necesitas una base del artículo 9.2, y la más habitual en consulta privada es el consentimiento explícito del paciente, recogido en el artículo 9.2.a.

Explícito significa más que un «de acuerdo». Tiene que ser una manifestación clara, específica y para fines concretos. Un consentimiento informado válido bajo el RGPD no se presume ni se deduce de un silencio. Se afirma. Lo confirma la propia AEPD.

Cuidado con confundir los dos consentimientos. El consentimiento clínico de la Ley 41/2002 autoriza la intervención. El consentimiento del RGPD autoriza el tratamiento de datos de salud. Son distintos y conviven en el mismo expediente. La Ley Orgánica 3/2018 (LOPDGDD) matiza además que para datos de salud el consentimiento explícito sí sirve como base, salvo finalidades discriminatorias.

Existe también la base del artículo 9.2.h, la asistencia sanitaria prestada por profesional sujeto a secreto. Muchas consultas combinan ambas. Si quieres profundizar en cómo se aplica esto a una consulta de psicología, lo desarrollo en RGPD en la consulta psicológica.

Menores de 14 años: quién firma de verdad

Para tratar los datos personales de un menor, el artículo 7 de la LOPDGDD fija la edad en 14 años. Por debajo de 14, el consentimiento lo presta el titular de la patria potestad o tutela. Por encima, el menor puede consentir por sí mismo el tratamiento de sus datos.

Pero ojo, porque hay un segundo umbral que no coincide. Para la decisión sanitaria, la Ley 41/2002 sitúa la mayoría de edad sanitaria en los 16 años. Es decir: con un paciente de 15, él consiente sus datos pero la decisión clínica todavía implica a los representantes legales.

En la práctica, con un menor de 14 firman los padres o tutores. Y aun así debes escuchar al menor y dejar constancia de su opinión según su grado de madurez. Si la patria potestad es compartida, necesitas el consentimiento de ambos progenitores: uno solo no basta para iniciar terapia salvo urgencia.

IA con datos del paciente: el consentimiento que casi nadie pide

Si usas inteligencia artificial para redactar informes, transcribir sesiones o preparar la cita, estás metiendo datos de salud en un sistema nuevo. Y un consentimiento genérico firmado en 2019 no cubre un uso que no existía cuando lo firmaron.

El consentimiento del RGPD es específico por finalidad. Uso nuevo, consentimiento nuevo. El paciente tiene que saber que sus datos pasan por una herramienta de IA, con qué propósito y con qué garantías. La AEPD lo expone en su guía de adecuación al RGPD de tratamientos que incorporan Inteligencia Artificial.

No basta con el consentimiento. Necesitas un contrato de encargo de tratamiento con el proveedor que procesa los datos, y según el riesgo, una evaluación de impacto (EIPD) antes de empezar. Sin esos dos documentos, el consentimiento se queda cojo.

Esto no es un problema de papeleo. Es un problema de diseño. En Psicofactu los datos se tratan en servidores de la Unión Europea, con encargado de tratamiento firmado y sin usar la información clínica para entrenar modelos. Cómo encaja la IA con la normativa lo explico entero en IA y ley.

Conservación y revocación: cinco años y marcha atrás

El consentimiento no caduca cuando termina la terapia. El artículo 17.1 de la Ley 41/2002 obliga a conservar la documentación clínica un mínimo de cinco años desde el alta de cada proceso asistencial. Algunas comunidades autónomas amplían ese plazo, así que comprueba el de la tuya.

Y el paciente puede revocar. El artículo 8.5 le reconoce el derecho a retirar libremente su consentimiento por escrito y en cualquier momento, sin dar explicaciones. La revocación opera hacia delante: no borra lo que trataste de forma lícita, pero te obliga a parar el tratamiento futuro.

Documenta la fecha y el alcance de cada revocación. Conservar lo justo y demostrar cuándo te dijeron basta son las dos caras de la misma protección.

No tengo ninguna prueba, pero tampoco ninguna duda: el día que te llegue una reclamación, no te van a pedir tu buena fe. Te van a pedir el papel. Revisa tus consentimientos antes de necesitarlos. Empieza con Psicofactu y ten el consentimiento, el contrato de encargo y el registro de datos en un solo sitio. ¿Cuántos de los tuyos aguantarían la pregunta que esa psicóloga no supo responder?

Fuentes y referencias