
Si tienes la sensación de que hay «algo obligatorio de facturas» rondando y no sabes si te afecta, no es despiste. Son dos normas distintas, con nombres que se parecen, calendarios que no coinciden y titulares mezclándolas desde hace tres años.
Una psicóloga me enseñó hace poco tres artículos que le había pasado su asesoría. Uno decía que la factura electrónica era obligatoria en 2026. Otro, en 2027. El tercero, en 2028. Los tres tenían razón a medias, porque los tres hablaban de cosas distintas sin decirlo.
La respuesta corta, verificada a 24 de agosto de 2026: VeriFactu (Real Decreto 1007/2023) regula el software con el que haces cualquier factura y te afecta seguro, desde el 1 de julio de 2027 si eres autónomo y desde el 1 de enero de 2027 si tienes sociedad. La factura electrónica de la Ley Crea y Crece (Ley 18/2022) solo afecta a las facturas entre empresas y profesionales, todavía no tiene fecha definitiva y, si solo facturas a pacientes particulares, apenas te roza.
Vamos por partes, que aquí el orden importa.
VeriFactu y factura electrónica no son lo mismo
| VeriFactu | Factura electrónica (Crea y Crece) | |
|---|---|---|
| Norma | RD 1007/2023 (Ley Antifraude) | Ley 18/2022 + RD 238/2026 |
| Qué regula | El software con el que emites facturas | El formato y el envío de la factura |
| A qué facturas afecta | Todas: pacientes incluidos | Solo entre empresas y profesionales (B2B) |
| Fecha para autónomos | 1 de julio de 2027 (firme) | Sin fecha definitiva (previsión: hacia octubre de 2028) |
| Sanción | Hasta 50.000 € por ejercicio (art. 201 bis LGT) | Hasta 10.000 € |
Guárdate la tabla. Es la diferencia que la mitad de los artículos que leas no hace.
VeriFactu: la que te afecta seguro (también con pacientes)
VeriFactu no cambia el aspecto de tus facturas. Cambia lo que pasa por debajo: el programa con el que facturas tendrá que generar un registro encadenado e inalterable de cada factura, con huella digital y código QR, para que la AEAT pueda verificar que nadie borra ni retoca nada a posteriori.
Esto afecta a todas tus facturas. La de la sesión de 60 € a un paciente particular, también. Da igual que esté exenta de IVA por el artículo 20.Uno.3º de la Ley 37/1992: la exención sanitaria no te saca de VeriFactu, y VeriFactu tampoco la toca. Son planos distintos.
Las fechas, tras el aplazamiento del Real Decreto-ley 15/2025 (BOE de 3 de diciembre de 2025), ya son firmes: 1 de enero de 2027 para sociedades y 1 de julio de 2027 para autónomos en IRPF. Para la inmensa mayoría de psicólogos con consulta propia: julio de 2027.
Y aquí está lo que nadie te cuenta: la obligación de los desarrolladores de software llegó antes que la tuya. Desde el 29 de julio de 2025, quien te vende un programa de facturación debe tenerlo adaptado y declararlo por escrito. Si tu software no puede enseñarte hoy su declaración responsable VeriFactu, no está en proceso. Está tarde. La de Psicofactu está publicada aquí, y en la guía de VeriFactu para psicólogos tienes el detalle técnico completo.
La factura electrónica de Crea y Crece: la que (casi) no te toca
La Ley Crea y Crece dice otra cosa distinta: que las facturas entre empresarios y profesionales dejarán de ser un PDF por email y pasarán a un formato estructurado que las máquinas puedan leer (Facturae, UBL, CII o EDIFACT), conectado a un repositorio público y gratuito de la AEAT.
La palabra clave es «entre». El artículo 3 del RD 238/2026 limita la obligación a las facturas «cuyo destinatario sea un empresario o profesional». Tu paciente de los martes no es un empresario actuando como tal. Sus facturas quedan fuera.
Facturar a particulares no te convierte en obligado. Te convierte en espectador.
¿Entonces te olvidas? No tan rápido. Hay cinco situaciones donde un psicólogo factura a otra empresa o profesional sin pensarlo en esos términos:
- Mutuas y aseguradoras: si cobras sesiones vía aseguradora, esa factura es B2B.
- Empresas: talleres, charlas, programas de bienestar o servicios EAP facturados a la empresa.
- Peritajes: informes periciales facturados a un despacho de abogados o a una empresa.
- Colegas: supervisión clínica o formación que facturas a otro profesional o a un centro.
- Alquiler de despacho: si cedes tu consulta por horas a otros psicólogos, esas facturas también son entre profesionales.
Si te reconoces en alguna, la factura electrónica sí va contigo. No mañana, pero sí en el horizonte.
El calendario real (verificado a 24 de agosto de 2026)
Aquí viene la parte que los titulares se saltan. El RD 238/2026 se publicó en el BOE el 31 de marzo de 2026, pero sus plazos —12 meses para quien facture más de 8 millones de euros, 24 meses para el resto— no corren desde el real decreto. Corren desde que entre en vigor la orden ministerial que regula la solución pública de la AEAT (disposición final cuarta).
¿Y esa orden? A 24 de agosto de 2026 no está publicada en el BOE. El borrador prevé su entrada en vigor el 1 de octubre de 2026. Si se cumple, la factura electrónica obligatoria llegaría hacia octubre de 2027 para las empresas que facturan más de 8 millones y hacia octubre de 2028 para el resto de autónomos y pequeñas sociedades. Si la orden se retrasa, todo lo demás se retrasa con ella.
Traducción: cualquier artículo que te dé hoy una fecha exacta de factura electrónica obligatoria para autónomos está adivinando.
Qué hacer ahora (y qué no)
Pasa que la fatiga regulatoria empuja a dos extremos: contratar lo primero que prometa «cumplimiento total» o no hacer nada y cruzar los dedos. Ninguno de los dos.
- No tienes que enviar nada a la AEAT hoy. Ni VeriFactu ni la factura electrónica están en vigor para ti en 2026.
- Apunta la única fecha firme: 1 de julio de 2027 (VeriFactu para autónomos). Esa no depende de ninguna orden pendiente.
- Pregunta a tu software por su declaración responsable VeriFactu. Es exigible desde julio de 2025 y es un sí o un no.
- Si facturas a mutuas, empresas o colegas, elige herramientas que ya trabajen con los formatos estructurados de Crea y Crece, para no migrar dos veces. En la guía de facturación para psicólogos tienes el resto del cuadro fiscal: modelos 303 y 130, retenciones y la exención de IVA.
Elegir software en 2026 sin mirar estas dos normas no es ahorrar. Es comprar una migración para 2027.
Dos normas, una decisión
VeriFactu te dice con qué facturas. Crea y Crece te dice cómo se las mandas a otras empresas. Las dos apuntan al mismo sitio: la factura hecha en Word con una plantilla heredada tiene los años contados.
No tengo ninguna prueba, pero tampoco ninguna duda: en 2028 nadie va a echar de menos las plantillas de Word. Psicofactu ya emite facturas con la exención sanitaria bien aplicada y VeriFactu resuelto de serie, con planes desde 14,95 € al mes, para que la parte fiscal de tu consulta sea un clic y no un máster.
¿Tu software de facturación puede enseñarte hoy su declaración responsable?
Fuentes y referencias
- Real Decreto 1007/2023 — Reglamento de los sistemas de facturación (VeriFactu) — BOE
- Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre — aplazamiento de VeriFactu a 2027 — BOE
- Ley 18/2022, de creación y crecimiento de empresas (Crea y Crece), artículo 12 — BOE
- Real Decreto 238/2026, de 25 de marzo — reglamento de la factura electrónica B2B — BOE
- Proyecto de Orden Ministerial de la solución pública de facturación electrónica — Ministerio de Hacienda (en tramitación a 24-ago-2026)
- Ley 58/2003, General Tributaria — artículo 201 bis (sanciones por software no conforme) — BOE
- Ley 37/1992 del IVA — artículo 20.Uno.3º (exención de servicios sanitarios) — BOE