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VeriFactu para psicólogos: qué cambia en 2026 y cómo prepararte

Todo lo que un psicólogo autónomo o un centro de psicología necesita saber sobre VeriFactu: fechas de obligación, requisitos técnicos y cómo adaptarte sin dolor administrativo.

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VeriFactu en consulta de psicología: obligaciones, fechas y adaptación

Qué es VeriFactu y por qué te afecta como psicólogo

VeriFactu es el sistema de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) que obliga a que el software de facturación garantice la integridad, trazabilidad, inalterabilidad y conservación de cada factura emitida. Se articula a través del Real Decreto 1007/2023 y la Orden HAC/1177/2024, que desarrollan el artículo 29.2.j de la Ley General Tributaria. Para los profesionales autónomos en régimen de IRPF, la fecha de entrada en vigor es el 1 de julio de 2026. Desde ese día, seguir facturando desde Word, Excel o herramientas no homologadas es ilegal.

1. Qué implica VeriFactu en la práctica de una consulta

Cada factura que emitas tendrá que llevar tres elementos nuevos: un código QR único, una huella digital (hash) que encadena esa factura con la anterior, y una marca temporal. Si modificas una factura, el sistema registra la modificación. Si la borras, queda constancia del borrado. Esto significa que los registros de facturación se vuelven auditables por Hacienda de forma directa y automática.

Hay dos modalidades. La primera, VeriFactu «oficial», envía cada factura en tiempo real a la AEAT. La segunda, no-VeriFactu, genera los mismos registros encadenados pero los conserva en local, disponibles para inspección. Ambas son válidas pero la primera simplifica cualquier comprobación posterior.

2. Fechas clave que tienes que marcar en rojo

Línea temporal VeriFactu 2026 para psicólogos autónomosCalendario de entrada en vigor del sistema VeriFactu según el Real Decreto 1007/2023 y la Orden HAC/1177/2024. Las sociedades en régimen del Impuesto sobre Sociedades deben cumplir desde el 1 de enero de 2026. Los profesionales autónomos en IRPF, incluida la mayoría de psicólogos, deben cumplir desde el 1 de julio de 2026.Calendario VeriFactu para psicólogosReal Decreto 1007/2023 · Orden HAC/1177/2024HoyFase voluntariaSoftware adaptadodisponible para probar1 enero 2026SOCIEDADESPersonas jurídicas(Impuesto sobre Sociedades)1 julio 2026AUTÓNOMOSPsicólogos en IRPF(profesionales individuales)Qué debe hacer tu software de facturación• Firmar cada factura con hash encadenado (SHA-256)• Incluir código QR con los datos fiscales• Enviar los registros a la AEAT en tiempo real (opcional)• Conservar la trazabilidad completa de modificaciones
Calendario de entrada en vigor de VeriFactu. Fuente: Real Decreto 1007/2023 y Orden HAC/1177/2024.
  • 1 de enero de 2026: entrada en vigor para sociedades en régimen de Impuesto sobre Sociedades
  • 1 de julio de 2026: obligación para profesionales autónomos en IRPF (incluye a la mayoría de psicólogos en consulta privada)
  • 2026 completo: obligación de que los fabricantes de software ofrezcan solo productos que cumplan VeriFactu (Orden HAC/1177/2024)

No hay prórroga anunciada. La AEAT ha publicado periódicamente las especificaciones técnicas definitivas (Anexo I de la Orden HAC/1177/2024), lo que confirma que el calendario se mantiene.

3. Qué herramientas dejan de valer a partir del 1 de julio de 2026

La cosa es que esto afecta a cualquier flujo de facturación manual o semimanual. En concreto:

  • Excel con plantilla propia — ilegal para facturar
  • Word con plantilla — ilegal
  • Bloc de notas, Apple Pages, Google Docs — ilegal
  • Software de facturación que no haya actualizado su código para cumplir el RD 1007/2023 — ilegal
  • Facturas escritas a mano en talonario — ilegal salvo casos excepcionales

Lo que sigue siendo válido es cualquier software que haya implementado el encadenado de registros y el formato de QR y hash exigido, con la declaración responsable del productor publicada (como la que se encuentra en la declaración responsable de VeriFactu de Psicofactu).

4. El problema específico de la consulta de psicología

La mayoría de software de facturación genérico no está pensado para una consulta clínica. Te pide campos que no tienes. No sabe que tus sesiones están exentas de IVA en virtud del artículo 20.Uno.3º de la Ley 37/1992. No se conecta con tu agenda. No distingue entre psicología sanitaria (exenta) y formación o supervisión a otros profesionales (no exenta).

Resultado: acabas haciendo el trabajo dos veces. Una en el software genérico. Otra en tu cabeza. Y cada sesión errónea en la exención es un riesgo de inspección. Un software específico para psicólogos aplica la exención automáticamente según el tipo de servicio, cita el artículo legal pertinente en la factura y aísla los ingresos sujetos de los exentos.

5. Cómo adaptarte sin hacerlo dos veces

El peor escenario es llegar al 30 de junio de 2026 improvisando. El segundo peor, adoptar una solución genérica y darte cuenta en septiembre de que te equivocas en la exención de IVA en cada factura. El camino seguro tiene tres pasos.

  1. Elegir un software que ya declare cumplimiento con el RD 1007/2023 y con la declaración responsable publicada en su web. No con «pronto lo tendremos»
  2. Migrar tu histórico de pacientes, facturas y series a la nueva herramienta antes del 1 de junio de 2026. La migración es más lenta de lo que parece
  3. Hacer facturas reales (no de prueba) durante 30 días con el nuevo sistema para detectar incidencias antes de la fecha obligatoria

La pregunta no es si vas a tener que cambiar el sistema. Es quién te va a obligar a hacerlo: Hacienda en julio de 2026, o tú antes con tiempo para elegir bien.

Preguntas frecuentes sobre VeriFactu en consulta de psicología

¿VeriFactu obliga a facturar en tiempo real a Hacienda?

No obligatoriamente. Existe la modalidad VeriFactu (envío en tiempo real) y la modalidad no-VeriFactu (registros encadenados conservados en local, accesibles para inspección). Ambas cumplen el RD 1007/2023. La modalidad VeriFactu simplifica cualquier cruce de datos posterior y es la recomendada por la AEAT para profesionales autónomos.

¿Se aplica VeriFactu a mis facturas exentas de IVA como psicólogo clínico?

Sí. La exención de IVA no exime de VeriFactu. La factura sigue siendo un documento tributario obligatorio y tiene que cumplir los mismos requisitos de encadenado, QR, hash y conservación. La única diferencia es que en el cuerpo de la factura se indica la exención con referencia al artículo 20.Uno.3º de la Ley 37/1992.

¿Puedo emitir facturas manuscritas si soy psicólogo en un pueblo pequeño?

Solo de forma muy excepcional y siempre que las trasladas a un sistema homologado lo antes posible. El Real Decreto 1007/2023 considera la facturación manuscrita una excepción restringida a casos de imposibilidad técnica real (corte eléctrico prolongado, emergencia), no una modalidad permanente. Para ejercicio profesional estable, necesitas software homologado.

¿Qué pasa si uso un software que no está preparado para VeriFactu?

A partir del 1 de julio de 2026 la emisión de facturas con software no conforme puede conllevar sanciones desde 150€ por factura hasta 50.000€ anuales, según la gravedad. Más importante que la sanción es que las facturas emitidas con software no homologado podrían considerarse inválidas, afectando a la deducibilidad para el paciente y al cuadre con tu declaración de IRPF.

Conclusión

VeriFactu no es opcional, pero tampoco es el monstruo que algunos profesionales imaginan. Es el mismo requisito administrativo que ya tienen sectores como la hostelería o el comercio desde hace años, adaptado ahora al resto del sector profesional. Lo único que cambia es que tu sistema de facturación tiene que ser homologado y que conviene elegir uno diseñado para tu sector.

Si estás montando tu consulta desde cero o pensando en migrar, puedes ver ladeclaración responsable del sistema VeriFactu de Psicofactuy probar 30 días gratis con la adaptación ya hecha. Y si todavía tienes dudas sobre si tu IA clínica también cumple el AI Act y el RGPD, repasa cómo Psicofactu cumple con la normativa de IA y protección de datos sanitarios.

Fuentes y referencias

  • Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de sistemas informáticos de facturación.
  • Orden HAC/1177/2024, de 17 de octubre, por la que se desarrollan las especificaciones técnicas de los sistemas y programas de facturación.
  • Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, artículo 29.2.j.
  • Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, artículo 20.Uno.3º.
  • Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT). Portal VeriFactu: sede.agenciatributaria.gob.es.